De entre todas las funciones de un docente, en esta entrada quiero tratar "la promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros."
Y antes de explicar porqué he elegido ésta, quiero ponerla en contexto.
Aunque la programación de actividades complementarias es habitual dentro de las organizaciones escolares, su introducción en el sistema educativo español es bastante reciente.
La regulación de estas actividades comienza con la Ley Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación 8/1985 de 3 de Julio (LODE), donde en su Art. 57, referente a las funciones del Consejo Escolar, establece la promoción y el desarrollo de este tipo de actividades.
Sin embargo, es en la posterior Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes, donde se amplía la consideración de las actividades complementarias, definiéndose éstas como las organizadas por el centro escolar de acuerdo con su proyecto educativo y dentro del horario de permanencia en el centro.
Tras la aprobación de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo 1/1990 de 3 de Octubre (LOGSE), se aprueba el Real Decreto 82/1996 sobre el Reglamento Orgánico de las Escuela de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria por una parte, y por otra el RD 83/1996 sobre los Institutos de Educación Secundaria Obligatoria. En ellos se articula cómo y de qué forma se llevará a cabo la organización y el desarrollo de estas actividades.
Así, mientras que para las Escuela de Educación Infantil y Colegios de Educación Primaria las actividades complementarias serán promovidas por el equipo docente, en los Centros de Educación Secundaria Obligatoria se establecerán los Departamentos de Actividades Complementarias y Extraescolares encargados de la propuesta y desarrollo de este tipo de iniciativas.
En los centros de educación Secundaria Obligatoria la propuesta de actividades complementarias será elaborada por el Jefe de Departamento de Actividades Extraescolares y Complementarias y en ella se intentará plasmar el interés del claustro, los departamentos, los órganos de representación de los alumnos y madres y padres siendo sometida a la aprobación del Consejo Escolar.
En el Art. 91 de Ley Orgánica de Educación 2/2006 de 3 de mayo, se expone que dentro de las funciones del profesorado se encuentra “La promoción, organización y participación en las actividades complementarias, dentro o fuera del recinto educativo, programadas por los centros.” Estas actividades estarán especificadas en el PGC donde se incluirá información detallada sobre las mismas (objetivos, alumnado receptor, responsables de su desarrollo, fecha y presupuesto previsto). Esta información también será facilitada a las madres y padres al inicio de curso, haciendo hincapié en su carácter voluntario y no lucrativo. Con la finalización del curso escolar, y en la redacción de la Memoria del Centro, se incluirá una relación de las actividades realizadas y su evaluación.
Justificación
Los motivos que me han llevado a elegir esta función son
muy variados, pero principalmente considero las actividades complementarias
como una parte con una gran importancia dentro del sistema educativo y que
todavía hoy no se le está sacando el gran potencial que estas pueden tener en
el proceso de educación de los niños y jóvenes.
A lo largo de mi vida son muchas las experiencias que me
hacen creer que esto es así. Desde pequeña he participado en campamentos de
verano, tanto como acampada como monitora, he trabajado en Aulas de Educación
Ambiental como Educadora ambiental, en huertos escolares, y por último en el
proyecto “From Outdoors to Labour Market” que me han abierto los ojos y me han
mostrado las bondades de las actividades que se pueden desarrollar más allá del
aula.
Para apoyar mi visión sobre el tema, voy a recurrir al
podcast de Cristina Gutiérrez Lestón (co - directora de la Granja Escuela de Sta.
María de Palautorcera) “El síndrome de la familia perfecta” en el que explica
cómo los niños cada vez llegan con más miedo, inseguridades, bajas autoestima y
desconfianza hacia sus compañeros. Además, impacta mucho como niños a edades
muy tempranas desarrollan estrés y ansiedad.
Las explicaciones por las cuales esto sucede son varias,
la aceleración del mundo, las prisas, la sobreprotección, las carencias
emocionales, la dependencia a la familia y/o amigos, etc.
De esta manera, las actividades complementarias son una
excelente oportunidad para que el niño o el joven entre en contacto con otras
personas más allá de los compañeros de clase, realice actividades que no solo
estimulan su capacidad memorística o comprensiva, sino la parte emocional,
artística o deportiva motriz.
Bibliografía:
https://barcelona.lagranja.top/
https://www.bbva.com/es/podcast-cristina-gutierrez-leston-el-sindrome-de-la-familia-perfecta/
https://comunidad.recursoseducativos.com/las-actividades-complementarias-sistema-educativo/
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